Desde 1994, en que Bolivia se reconoció como país multiétnico
y pluricultural (Art. 1º de la Constitución Política del Estado),
se iniciará diversas reformas que darán cabida a la implantación
de una legislación indígena que para muchos es una de las más
avanzadas en América Latina.
En el campo de las políticas públicas la temática indígena
se focalizará en instancias específicas que ascenderán
desde una Secretaria en otro gobierno será Viceministerio, finalmente
el Ministerio de Asunto Indígenas y Pueblos Originarios. Reducir la diversidad
en un espacio especial no ha sido saludable para construir un estado pluricultural
o plurinacional, pues el poder de la mayoría originaria e indígena
fue minimizado,
Casi paralelamente, desde 1990, en diversas regiones de Bolivia, especialmente
en el departamento de La Paz, irá emergiendo un proceso que se denominará
la "Reconstitución del Ayllu", es entonces que las reivindicaciones
históricas promovidas en primera instancia por el katarismo dentro de
un espacio sindical o la lucha de las comunidad y pueblos indígenas del
oriente que realizarán la marcha por el "Territorio y Dignidad"
de gran trascendencia nacional, se emparentaría con un horizonte legal
al amparo de loas derechos de los pueblos indígenas consolidándose
ente durante el gobierno de la alianza MNR-MRTKL (1993-1997). En este proceso
no cabe duda que una de las aspiraciones centrales de los pueblos indígenas
y originarios es el derecho al territorio, cuyo espacio sería el lugar
en que cristalizarían los derechos como el de la educación, salud,
administración de justicia, económicos y otros.
Ahora bien, viento todo ese proceso se hace necesario conocer cómo desencadena
este movimiento en la consecución de los derechos políticos, sociales,
culturales y económicos, siendo que derecho al territorio no se ha consolidado.
Sin embargo, de por sí reviste mucha relevancia sociales, humana y política
en una zona con mucha historia, además de ser pionera en el proceso de
reconstitución del Ayllu y del ejercicio de los derechos de los pueblos
indígenas, investigar su impacto en el ejercicio del mismo.
El punto de partida para abordar esta investigación, en función
de lo señalado en esta justificación y la relevancia necesaria,
parte de las siguientes consideraciones. Los derechos de los pueblos indígenas
se ubican en la cuarta generación de derechos, pero no interesa mucho
su ubicación sino lo que desencadena de su aplicación y su relación
con el devenir histórico de lucha y reivindicación de los pueblos
indígenas y originarios, siendo que las propias organizaciones indígenas
ponen como punto alto de realización política la descolonización,
procesos de inclusión, representación política, igualdad
de condiciones, autonomía, gestión comunal y control de los recursos
naturales con identidad propia. Sin embargo, ¿cuál es el valor
real del derecho indígena para alcanzar estas metas?
En ese sentido las directrices del derecho internacional y la legislación
nacional ¿apuntaran a ese anhelo y habrá una concordancia entre
los derechos indígenas, las aspiraciones de la memoria histórica
y el papel del Estado como sujeto que garantiza su ejercicio en una nación
pluricultural y multiétnica?
Pero el campo de análisis de la situación o estado del arte de
los derechos de los pueblos indígenas y originarios como política
relevante para el propio estado comprometido con dicha causa, pudiera abarcar
cuestiones mucho más allá de ver el simple ejercicio o no del
derecho indígena reflexionando su incidencia en la construcción
de una sociedad pluricultural y plurinacional que respete el valor de las culturas
desde su autonomía para fortalecer la democracia en u país diverso
culturalmente.
La relevancia, aporte y originalidad de este proyecto radica en investigar
el estado de la situación de los derechos de los pueblos indígenas
y originarios surgidos en al coyuntura del proceso de reconstitución
de la Nación Pakajaqi en seis de sus poblaciones representativas enmarcado
a su vez dentro del proceso constituyente actual y su ingerencia en el poder
local.
La misma, a su ves, se constituirá en un aporte significativo para analizar
y pensar la transversalización de los derechos indígenas en las
políticas públicas desde los problemas y limitaciones inherentes
en el ejercicio del mismo, ya que los derechos indígenas no pueden ser
ejercidos en un marco de colonialismo sino de hacer eco de as aspiraciones histórica
de los pueblos indígenas.